Presentan reforma constitucional en Colima para garantizar pensión a personas con discapacidad y vivienda adecuada


Diputadas y diputados de la LXI Legislatura presentaron una iniciativa de reforma constitucional en materia de bienestar, con el objetivo de armonizar la Constitución local con las recientes modificaciones a los artículos 4° y 27 de la Constitución federal.

La iniciativa propone reformar la fracción VI del artículo 2° y el artículo 4° de la Constitución Política del Estado de Colima para elevar a rango constitucional 3 derechos fundamentales:

– El derecho a disfrutar de una vivienda adecuada.

– La rehabilitación y habilitación integral para personas con discapacidad permanente, con prioridad para menores de 18 años.

– La garantía de una pensión no contributiva para personas con discapacidad permanente menores de 65 años, en coparticipación con la Federación.

En la exposición de motivos se señala que Colima ya participa con el Gobierno federal en la entrega de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, destinando recursos estatales que, para el ejercicio fiscal 2026, ascienden a 37 millones 172 mil 100 pesos.

Asimismo, se citan datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), los cuales indican que en Colima 39,880 personas se identifican como población con discapacidad, lo que representa el 5.5% del total estatal. El municipio con mayor proporción es Coquimatlán.

En cuanto al derecho a la vivienda adecuada, la iniciativa retoma los estándares de ONU-Hábitat, que contemplan elementos como seguridad jurídica en la tenencia, acceso a servicios básicos, habitabilidad, asequibilidad, accesibilidad para personas con discapacidad, ubicación adecuada y pertinencia cultural.

Además, la reforma incorpora a nivel constitucional la obligación del Estado de garantizar la rehabilitación y habilitación de personas con discapacidad permanente, priorizando a menores de edad y reforzando así lo ya establecido en la legislación secundaria.

En los artículos transitorios se establece que el Congreso deberá realizar las adecuaciones a la legislación secundaria en un plazo de 180 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del decreto.

Las y los promoventes argumentan que elevar estos programas y derechos a rango constitucional permitirá blindarlos ante cambios de administración y consolidar un sistema estatal de bienestar con mayor certeza jurídica y progresividad en los derechos sociales.

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